La Organización de las Naciones Unidas confirmó que garantizará servicios de accesibilidad durante el 34º período de sesiones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), instancia clave de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que se realizará en Ginebra entre el 9 y el 27 de marzo.
La decisión se adopta luego de que el Comité denunciara públicamente la falta de ajustes razonables y servicios de accesibilidad, calificando la situación como una forma de discriminación institucional.
¿Qué ocurrió con los servicios de accesibilidad?
El 31 de enero, el CDPD emitió una declaración en la que expresó su profunda preocupación por la negativa inicial de Naciones Unidas a autorizar financiamiento extrapresupuestario destinado a garantizar medidas como:
- Interpretación en lengua de señas internacional
- Interpretación en lenguas de señas nacionales
- Subtitulado en tiempo real
Según el Comité, el 22 de enero el Departamento de la Asamblea General y de Gestión de Conferencias informó que no se liberarían fondos adicionales hasta que mejorara la situación financiera del organismo. Posteriormente, desde la Oficina de Naciones Unidas en Ginebra se comunicó que, sin recursos adicionales, no podrían prestarse los servicios de accesibilidad requeridos.
Además, en enero de 2025 se suspendió la interpretación en lenguas de señas nacionales durante los diálogos interactivos con Estados parte, lo que —de acuerdo con el CDPD— implicaba excluir a comunidades sordas de distintos países de participar en los exámenes oficiales. También se cuestionó que, cuando los Estados ofrecían interpretación en línea, se les exigiera el pago de tasas.
Accesibilidad y derechos humanos: un principio no negociable
El Comité sostuvo que la denegación de accesibilidad y ajustes razonables colocaba a sus integrantes en una posición desfavorable frente a otros órganos creados por tratados de derechos humanos, constituyendo una vulneración del principio de igualdad.
Tras la controversia, la ONU confirmó que sí garantizará los servicios de accesibilidad durante las sesiones de marzo, en las que se examinarán los informes iniciales de cinco Estados parte de la Convención.
Este episodio vuelve a poner en el centro del debate internacional que la accesibilidad no es un gasto opcional ni una medida extraordinaria: es una obligación jurídica y un requisito esencial para asegurar la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad en los procesos internacionales de derechos humanos.
Conclusiones clave de esta noticia:
1. La accesibilidad es una obligación, no una opción presupuestaria
La decisión inicial de restringir servicios como interpretación en lengua de señas y subtitulado evidenció que, incluso en espacios de derechos humanos, la accesibilidad puede verse amenazada por criterios financieros. La rectificación de la Organización de las Naciones Unidas refuerza que los ajustes razonables son una obligación jurídica y no un gasto discrecional.
2. La presión institucional puede generar cambios
La declaración pública del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad fue determinante. Al denunciar la situación como discriminatoria, el Comité logró que la ONU reconsiderara su postura. Esto demuestra que la incidencia estratégica y la visibilización siguen siendo herramientas efectivas dentro del sistema internacional.
3. La participación plena sigue siendo un desafío global
El episodio revela que la inclusión efectiva de las personas con discapacidad en espacios multilaterales aún enfrenta barreras estructurales. Garantizar accesibilidad en la Convención no solo impacta a sus miembros, sino también a comunidades sordas y personas con discapacidad que dependen de estos procesos para la defensa de sus derechos.
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